Qué mutualistas jubilados pueden pedir una devolución de hasta 4.000 euros del IRPF
El Congreso ha dado luz verde a la enmienda de la Agencia Tributaria para que los mutualistas jubilados puedan reclamar la devolución del IRPF de los años 2019‑2022 en un único procedimiento.
Madrid |
El Congreso ha aprobado esta semana la enmienda del proyecto de ley planteada por el Ministerio de Hacienda para que los mutualistas jubilados pueden reclamar en un solo procedimiento la devolución del IRPF correspondiente a los años 2019‑2022. En una reforma anterior, la Agencia Tributaria había establecido que los contribuyentes solo pudieran solicitar las devoluciones año a año, decisión con la que dio marcha atrás para establecer un procedimiento único.
¿Quiénes pueden acogerse?
El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) no estuvo vigente en España hasta el año 1979, por lo que los trabajadores que cotizaron a las mutualidades laborales entre los años 1967 y 1978 no abonaron este impuesto. Sin embargo, cuando entro en vigencia el IRPF se incluyó una deducción para las prestaciones provenientes de las mutualidades y de la seguridad social, de la que no se vieron beneficiados estos trabajadores y que tendrían que tributar al recibir la pensión de jubilación, que sí que tributa completamente.
Así, según indica el Instituto BBVA de Pensiones, esos empleados tienen derecho a la devolución de las cuotas abonadas que no fueron susceptibles de reducción en IRPF. Así lo estableció la Sentencia del Tribunal Supremo (STS 255/2023, de 28 de febrero de 2023), que reconoció a los pensionistas que cotizaron a la Mutualidad Laboral de la Banca, el derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 25%, por sus cotizaciones entre 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978 (es decir, solo tributará un 75% de esa parte de la pensión).
Este colectivo incluye a funcionarios (Muface), profesionales sanitarios (Muface, Mutual Médica) y trabajadores de banca, construcción, comercio, etc. La devolución puede ascender a unos 4.000 euros por persona, e incluso alcanzar importes superiores en casos con cuotas excesivas en ejercicios no prescritos.
Un solo procedimiento
Con la última modificación aprobada, a la que aún le falta pasar por el Senado, la solicitud que había que rellenar este año para recibir las cantidades correspondientes a los años entre el 2019 será suficiente para obtener todas las devoluciones hasta el 2022 en un único pago, sin necesidad de tener que realizar trámites adicionales, una vez que quede definitivamente aprobada la ley.
Para solicitar la devolución del IRPF como jubilado mutualista, se debe acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o a su aplicación móvil e inicia sesión mediante Cl@ve, certificado digital o número de referencia. Una vez dentro, se debe completar el formulario habilitado con los datos de contacto del interesado y el número IBAN de tu cuenta bancaria. Hacienda revisará el caso utilizando los datos que ya posee de la Seguridad Social o Muface, y, si todo está correcto, efectuará el reembolso en un único ingreso.